A partir del 2 de septiembre ha comenzado la implementación de la Apostilla/Legalización digitales para documentos públicos electrónicos, vía WEB mediante TAD (Trámite a distancia).
Este trámite permite solicitar a distancia la Apostilla o Legalización de documentos públicos de naturaleza electrónica (es decir, que tengan una firma digital/electrónica), para ser presentados en el exterior, sin la necesidad de gestionar turnos.
El recurrente que solicite un trámite vía TAD (iniciando la solicitud a través de la web http://tramitesadistancia.gob.ar), una vez gestionado el mismo por la administración, lo recibirá concluido para su utilización por esa misma vía (ingresando a TAD).
En el caso de la apostilla/legalización digital, se podrá, además, ingresando a la web https://www.argentina.gob.ar/legalizacion-internacional, verificar la intervención visualizando el documento original digital intervenido.
¿Qué tipo de documento puedo solicitar para su apostilla o legalización?
* Documentos públicos de naturaleza electrónica emitidos por autoridad argentina (no se aceptan documentos escaneados ni digitalizados), que se encuentren en formato PDF y firmados en forma digital electrónicamente.
* Documentos emitidos por la red consular argentina o bien por las Representaciones extranjeras acreditadas en la República ARgentina, que sean de naturaleza electrónica y cuenten con firma digital o electrónica y en formato PDF. Dichos documentos solo son legalizables y se encuentran excluidos de la apostilla.
* El trámite no aplica para partidas de registro civil exentas de pago.
¿Quién puede iniciar el trámite?
* El titular del documento a apostillar/ legalizar, o bien otra persona, siempre que sea mayor de 18 años y que cuente con CUIT y Clave Fiscal Nivel 2 (o superior).
No se requiere la asistencia de gestores, siendo este trámite ágil y sencillo.
IMPORTANTE:
1) La aceptación de la solicitud de trámite remitido vía TAD queda sujeta a la verificación de la Coordinación de Legalizaciones de la Cancillería Argentina y en caso de rechazo no habilitará reintegro de la tasa abonada.
2) Los trámites que se reciban y tramiten vía TAD son de naturaleza electrónica (no escaneados) como por ejemplo: Certificados de Antecedentes Penales, Partidas de Estado Civil emitidas por registros civiles con firma digital, Certificados de Legalidad emitidos a nivel nacional, certificados ANMAT y documentación emitida vía GDE por APN (Administración Púlbica Nacional).
3) El costo del trámite es pagado vía TAD mediante el sistema E-recauda. Por ello, la tramitación íntegra del documento y su apostilla/legalización es a distancia y sin necesidad de gestores ni turnos en el país. El sistema E-recauda opera por intermedio de la plataforma de AFIP mediante la generación de VEP y vinculación directa con TAD. Por ello, una vez generado el VEP, el pago por medios electrónicos puede ser efectuado por el mismo requirente o bien por un tercero.
4) Se recomienda revisar el Manual para el usuario
Se puede acceder a más información en el siguiente enlace: